IVA Reducido en reformas: cómo ahorrar en tus obras

Reformas12 Jul 202113 min de lectura

El IVA reducido para reformas permite abaratar el precio de cierto tipo de obras, habitualmente orientadas a mejorar las condiciones de primeras viviendas. La Administración Pública incentiva este tipo de reformas en casa debido a que permiten optimizar el consumo de energía y además, favorecen la rehabilitación de edificios

IVA reducido 10%

  • Reformas de renovación y reparación en vivienda de uso particular
  • Materiales aportados por la empresa por debajo del 40 % del total
  • !La vivienda debe tener más de 2 años de antigüedad

IVA general 21%

  • Se aplica por defecto a cualquier obra, sin condiciones especiales
  • !Suma 21 € de impuesto por cada 100 € de obra
  • Locales, oficinas, garajes independientes y trasteros no vinculados

Vamos a analizar los casos en los que se puede aplicar un IVA reducido para reformas y las ventajas económicas que trae esta reducción del IVA.

Qué es el IVA y tipos aplicables

El IVA es un impuesto general que se aplica al valor añadido de un bien o servicio. Existen tres tipos diferentes de IVA, son los siguientes:

  • Tipo general, del 21 %.
  • Tipo reducido, del 10 %.
  • Tipo superreducido, del 4 %.

La mayoría de los bienes y servicios por los que pagamos a diario tributan al 21 %, las Administraciones Públicas aplican un IVA reducido o superreducido en casos especiales.

Las reformas habituales soportan un 21 % de IVA, es decir, al precio final de una reforma, habría que incrementarle un 21 % de su valor para obtener el precio total, sin embargo, hay una serie de circunstancias en las que se aplica el tipo reducido, y por tanto, el IVA pasa a ser de un 21 % a un 10 %, un porcentaje mucho menor que reduce el precio final.

Condiciones para aplicar el IVA reducido en reformas

Son varias las situaciones en las que el IVA reducido para reformas es aplicable, pero para acogerse a este tipo impositivo es imprescindible cumplir una serie de condiciones.

Las reformas para reparaciones y renovaciones en una vivienda particular se pueden acoger al IVA reducido del 10 % siempre que cumplan las siguientes condiciones:

  • La vivienda debe ser utilizada como vivienda de uso particular por la persona que contrata la reforma.
  • La obra debe ser solicitada por la comunidad de propietarios.
  • El coste de los materiales no podrá superar en ningún caso el 40 % del precio total de la obra.
  • Deben haber pasado al menos dos años desde la construcción de la vivienda, o desde la última rehabilitación.

Estas condiciones van a acreditar que la persona va a aprovechar la reforma de rehabilitación para fines propios, que toda la comunidad de vecinos va a poder aprovechar las obras que se van a llevar a cabo y que la rehabilitación no se lleva a cabo por defectos o problemas relacionados con obras anteriores.

Si cumples los requisitos y vas a solicitar un presupuesto de obra en casa para tareas de rehabilitación y renovación, podrás ahorrarte más de la mitad del precio del IVA.

Cuánto puedes ahorrar con el IVA reducido

Como sabes, el IVA es un impuesto progresivo, por tanto, cuanto mayor sea el precio de la reforma más valor vas a ahorrar.

Una reforma de una fachada de edificio para mejorar las condiciones del aislante y pintar de nuevo la parte exterior con un presupuesto de 20.000 € tendría que añadir un IVA de 4.200 € con el tipo general, por tanto el precio final sería de 24.200 €. Esta misma reforma con un IVA reducido tendría un añadido de 2.000 €, y por tanto el precio final sería de 22.000 €.

Las reformas de rehabilitación y renovación, como las que se suelen hacer en fachadas de edificios o las que se llevan a cabo para optimizar el rendimiento energético de una comunidad, suelen tener presupuestos muy elevados, por eso el ahorro puede ser considerable si conseguimos que se nos aplique el IVA reducido para reformas.

Las reformas en las que se suele aplicar el IVA reducido

Las reformas con IVA reducido son aquellas que mejoran las condiciones generales del edificio, sin embargo, esta descripción es muy general, y por tanto es la propia Administración la que decide acerca de la reducción de IVA en cada caso particular. Es posible hacer una clasificación general acerca de las obras en las que se suele aplicar el IVA del 10 %, son las siguientes:

  • Pintura tanto en exterior como en interior.
  • Instalación o renovación de un ascensor para la comunidad.
  • Renovación de calderas y equipamiento energético en general.
  • Detectores de presencia y sistemas de seguridad.
  • Mejora y rehabilitación de cerramientos y ventanas.
  • Instalaciones comunitarias, por ejemplo de electricidad, agua, etc.
  • Protección contra incendios.
  • Obras que puedan ser consideradas como de rehabilitación y que afecten a toda la comunidad.

Como indicamos anteriormente, no todas las obras de reforma se consideran obras de renovación, y por lo tanto la reducción del IVA depende de la resolución de la Administración en cada caso, pero en los casos anteriores es muy probable que sea concedido el IVA reducido.

¿Dónde debo solicitar la reducción del 10% de IVA en mi reforma?

Habitualmente es la administración local la que recibe las solicitudes de obra, por lo tanto es el propio ayuntamiento quien tiene la decisión acerca del pago del IVA. Al igual que sucede con las solicitudes de obra mayor, es el propio ayuntamiento quien se hace cargo de tramitar y decidir acerca de este tipo de reformas.

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Para ahorrar en el precio de tu reforma no siempre es necesario recurrir al tipo de IVA reducido del 10 %, en VIP Reformas te ayudamos a contactar con los profesionales que necesitas para llevar a cabo la reforma de tu vivienda, te garantizamos el mejor precio y además, eres tú quien elige a qué empresa vas a contratar si finalmente llevas a cabo la reforma.

La regla del 40 %: el requisito que más reformas deja fuera del 10 %

De todas las condiciones, la del coste de los materiales es la que más contratos hace saltar del 10 % al 21 % sin que el cliente se dé cuenta. La ley exige que los materiales aportados por la empresa no superen el 40 % de la base imponible de la obra; si lo superan, deja de considerarse una "ejecución de obra" y pasa a tratarse como una entrega de bienes con instalación, que tributa al tipo general.

Un ejemplo claro: si contratas la sustitución de una caldera por 2.000 € de mano de obra y 3.000 € de equipo, los materiales suponen el 60 % del total y toda la factura tributará al 21 %. En cambio, la reforma de un baño de 6.000 € en la que los sanitarios y los azulejos suman 2.000 € (un 33 %) sí puede acogerse al 10 %. Por eso, salvo que el material sea desproporcionadamente caro, interesa que sea la empresa quien lo aporte dentro del mismo presupuesto: así toda la obra tributa al 10 %. Si compras tú los materiales por tu cuenta, esa compra la pagarás al 21 % en la tienda y no computa como ejecución de obra.

AvisoEl tipo de IVA lo aplica y responde ante Hacienda la empresa que emite la factura, no tú. Aun así, pídele que desglose mano de obra y materiales: es tu mejor prueba de que la obra cumple el 40 %.
  • Contrata la mano de obra y los materiales dentro del mismo presupuesto de la empresa
  • Comprueba que los materiales no superan el 40 % de la base imponible
  • Confirma que la vivienda tiene más de 2 años y es de uso particular
  • Guarda la factura desglosada por concepto por si Hacienda te la reclama

IVA reducido en reformas de comunidades de propietarios

Las obras de renovación y rehabilitación de las zonas comunes son uno de los supuestos donde más se aplica el 10 %, pero aquí la clave está en la facturación: para que el tipo reducido sea válido, la factura debe emitirse a nombre de la comunidad de propietarios (con su CIF), no de cada vecino por separado. El 10 % se traslada entonces a la derrama que paga cada propietario, de modo que el ahorro se reparte entre todos los que aprueban la obra en junta.

Se benefician las reparaciones y mejoras del edificio ya existente —siempre dentro del límite del 40 % de materiales—, como un cerramiento de balcones o las obras que exige la ley de fachadas. Antes de votar la derrama, pide que el proyecto para reformar el edificio indique con claridad el tipo de IVA aplicado a cada partida: un error en la factura puede obligar a rehacer las cuentas de toda la comunidad.

IVA del 10 % en obra nueva y construcción: qué cambia

En construcción el criterio es distinto al de las reformas. La entrega de una vivienda de nueva planta tributa al 10 %, incluidas hasta dos plazas de garaje y los anexos (como el trastero) que se transmitan junto a la vivienda en la misma escritura. En cambio, los locales comerciales, las plazas de garaje que se compran por separado y los trasteros no vinculados a la vivienda van al 21 %.

En las ejecuciones de obra de construcción o rehabilitación que el promotor contrata directamente con el constructor también cabe el 10 %, siempre que el edificio se destine principalmente a viviendas. Si estás valorando ampliar o levantar de cero, revisa antes qué obras puedes hacer en casa sin licencia y evita el riesgo de una multa por construir sin permiso municipal, que además complicaría cualquier ventaja fiscal.

Ejemplos: cuánto suma el IVA a tu presupuesto

Como el IVA es proporcional al importe de la obra, cuanto mayor es la reforma más se nota la diferencia entre pagar el 10 % o el 21 %. Esta tabla muestra el precio final que verás en factura, ya con el impuesto incluido, para tres presupuestos tipo:

PartidaPrecio final con IVA incluido
Reforma de 5.000 € al 10 %5.500 €
Reforma de 5.000 € al 21 %6.050 €
Reforma de 15.000 € al 10 %16.500 €
Reforma de 15.000 € al 21 %18.150 €
Reforma integral de 40.000 € al 10 %44.000 €
Reforma integral de 40.000 € al 21 %48.400 €
Total ahorrado en la reforma de 40.000 €4.400 €

La diferencia crece con el importe: en una reforma integral de 40.000 € aplicar el tipo reducido supone ahorrar 4.400 €, más que en tres reformas pequeñas juntas. Por eso, en obras grandes, confirmar el tipo aplicable antes de firmar el presupuesto es de lo que más dinero mueve.

El IVA superreducido del 4 % y las obras de accesibilidad

Es habitual confundir el tipo superreducido con las reformas, pero casi nunca aplica a la obra. El 4 % se reserva sobre todo a la entrega de Viviendas de Protección Oficial de régimen especial o de promoción pública y a determinados productos de apoyo para personas con discapacidad. Las reformas de accesibilidad en una vivienda —instalar una rampa, ensanchar puertas o cambiar la bañera por un plato de ducha— se facturan normalmente al 10 %, no al 4 %, siempre que cumplan las condiciones generales. Conviene saberlo para no dejarse llevar por una empresa que promete un 4 % que rara vez se puede aplicar a la reforma en sí.

Ayudas y deducciones para reformar tu vivienda

El IVA reducido no es la única vía de ahorro. Si la reforma mejora la eficiencia energética de la vivienda, puedes sumar las deducciones en el IRPF por obras de mejora energética, que se han venido aplicando en tres tramos: un 20 % cuando reduces al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración; un 40 % si rebajas como mínimo un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o alcanzas una calificación energética A o B; y hasta un 60 % en la rehabilitación energética de edificios de uso residencial. En todos los casos hay que acreditarlo con el certificado energético emitido antes y después de la obra.

A esas deducciones se añaden las subvenciones autonómicas y los programas de rehabilitación financiados con fondos europeos, que gestiona cada comunidad autónoma y que suelen exigir proyecto y presupuesto previos. Como estas ayudas cambian de vigencia y de importes cada ejercicio, confirma las condiciones vigentes antes de contratar y guarda todas las facturas: combinar el 10 % de IVA con una deducción por mejora energética puede reducir de forma notable el coste real de tu obra.

¿Cuál es el IVA de las reformas?
El tipo general es del 21 %, pero las reformas de renovación y reparación en una vivienda de uso particular pueden aplicar el 10 % si los materiales no superan el 40 % del total y la vivienda tiene más de 2 años.
¿Cuándo se aplica el 10 % de IVA en una reforma?
Cuando es una obra de renovación o reparación sobre una vivienda de uso particular con más de dos años de antigüedad y los materiales que aporta la empresa no pasan del 40 % de la base imponible.
¿Cuándo se aplica el 10 % de IVA en comunidades?
En obras de renovación o rehabilitación de zonas comunes (fachada, ascensor, cubierta, portal, instalaciones) facturadas a nombre de la comunidad de propietarios y con los mismos requisitos del 40 % de materiales.
¿Cuánto son 20.000 € más IVA en una reforma?
Al 10 % el precio final es de 22.000 € y al 21 % asciende a 24.200 €, así que el tipo reducido supone un ahorro de 2.200 €.
¿Cuándo se aplica el 10 % de IVA en construcción?
La entrega de una vivienda de nueva planta tributa al 10 % (con hasta dos plazas de garaje y anexos incluidos), mientras que locales, garajes independientes y trasteros no vinculados van al 21 %.
¿Quién decide el tipo de IVA de mi reforma?
Lo aplica bajo su responsabilidad la empresa que emite la factura; por eso conviene declararle por escrito que es tu vivienda de uso particular y pedir el presupuesto desglosado.

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